Penas accesorias

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El TS considera preceptiva la prohibición de aproximación a la víctima en los casos de maltrato sin lesión

20 de agosto de 2018 Jurisprudencia Penas accesorias

La sentencia fija criterio en una cuestión donde las audiencias provinciales no habían mantenido una línea uniforme, determinando que el delito de golpear o maltratar sin causar lesión a la esposa o exesposa, o persona ligada por análoga relación de afectividad, debe entenderse comprendido en el artículo 57 del Código, lo que supone que conlleva de forma imperativa la pena accesoria de prohibición de aproximación a la víctima.

¿Responde penalmente un pub de alterne por los delitos contra los derechos de los trabajadores?

Una reciente sentencia del TS aclara este controvertido asunto y declara la imposibilidad de imputar responsabilidad penal a una empresa por un delito contra los derechos de los trabajadores ex artículo 318 CP, porque estos no estén recogidos en el listado de delitos a los que se les aplica el art. 31 bis. A pesar de ello, pueden tener consecuencias nefastas para las empresas por la vía de la aplicación de las penas accesorias del art. 129 CP, además de generar responsabilidad civil subsidiaria en virtud del art. 120.4 CP.

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